PROCEDENCIA DE EXIMIR/CONMUTAR PAGO DE REINTEGRO DE REMANENTES DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO DEL EJERCICIO 2019
Consulta
Que resulta improcedente eximir o conmutar el pago del reintegro por concepto de remanentes de financiamiento público del ejercicio 2019, de conformidad a lo establecido en los Lineamientos para reintegrar el remanente de actividades ordinarias. |Que las consideraciones especiales que solicita en el numeral II.- ANUENCIA, no resultan procedentes, ni posibles, en virtud de que el Partido Nueva Alianza Chiapas, contaba con acreditación como partido local en el momento en que se determinó el remanente motivo del presente escrito. |Que el IEPC deberá de ejecutar el cobro de remanentes que se encuentren firmes al momento de realizar la entrega de ministraciones que, en su caso, le correspondan al sujeto obligado en cuestión, aun encontrándose en el periodo de prevención.
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