INFORMACIÓN RELATIVA A QUE SI EXISTE LEGISLACIÓN APLICABLE QUE PERMITA CONOCER LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA COMPRA DE UN BIEN INMUEBLE A EFECTO DE ESTAR EN POSIBILIDAD DE ADMINISTRAR DE MANERA TRANSPARENTE LOS RECURSOS ATINENTES.
Consulta
Que a efectos de perfeccionar el acto de compraventa, el partido político deberá, en primer término, ceñirse a la legislación civil aplicable, pues se está frente a un acto traslativo de dominio al que le resultan aplicables disposiciones adicionales al marco normativo electoral. |Por cuanto hace a la materia electoral, en concreto, la debida rendición de cuentas (fiscalización), el sujeto obligado deberá dar cumplimiento a la totalidad de requisitos establecidos en la normatividad electoral para la constitución del fideicomiso, entre ellos, la regulación en torno al acto de constitución del fideicomiso bancario, así como a la debida comprobación documental en el SIF, que de respalde el acto de compraventa celebrado. Lo anterior en términos de lo desarrollado en el cuerpo de la presente respuesta.
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