CONSULTA FORMULADA POR: PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO CIUDADANO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA SOBRE: SOLICITUD DE INFORMACIÓN RESPECTO A SI SE PUEDE MODIFICAR LA EJECUCIÓN DEL COBRO DE SANCIONES QUE DEBE CUBRIR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, DE CONFORMIDAD CON LOS ACUERDOS Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS.
Consulta
Que las sanciones económicas impuestas que han causado estado no son susceptibles de modificación alguna en cuanto al monto ni a la forma de pago, por lo que no es posible considerar un porcentaje diferente al establecido en las Resoluciones que ya fueron aprobadas por la autoridad electoral.
Que de conformidad con el lineamiento sexto apartado B, numeral 1, inciso b)de los Lineamientos para el cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y autoridades jurisdiccionales electorales, del ámbito Federal y Local, el descuento económico del cúmulo de sanciones no puede exceder del 50%(cincuenta por ciento) del financiamiento público mensual que reciba el instituto político en la entidad para el desarrollo de sus actividades ordinarias.
Que el cobro de las sanciones se extenderá por el número de meses que sean necesarios para cubrir el monto total de dichas sanciones impuestas al partido político en la resolución de mérito, tal y como ha sido señalado en los planteamientos anteriores.
- Consultas [822]