Consulta realizada por la FEPADE Detalle, de acuerdo con el ordenamiento legal aplicable, que se entiende como gastos ordinarios de los partidos políticos Detalle, de acuerdo con el ordenamiento legal aplicable, que se entiende como gastos de campaña de los partidos políticos y/o candidatos.
Consulta
1. Que se consideran gastosordinarioslos que corresponden al sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes, encontrándose rubros y conceptos tales como:el gasto programado, el que corresponde a los sueldos y salarios del personal, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, papelería, energía eléctrica, combustible, viáticos y otros similares; el de propaganda de carácter institucional, entre otros. 2. Que se entienden como gastos de campaña, todos los efectuados por los sujetos obligados durante las actividades de campaña, tales como: los gastos de propaganda realizados en radio (producción de los mensajes transmitidos), revistas y otros medios impresos, así como, en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y otros similares; los operativos que corresponden a sueldos y salarios del personal eventual, así como el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles eventuales, entre otros.
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