RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422000315 (UT/22/00288)
INE-CT-R-0074-2022
Resolución
Determinación Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT: Primero. Información pública. Se pone a su disposición la información que no requiere pronunciamiento del CT. Segundo. Confidencialidad Total. Se clasifica como confidencialidad el contenido de la carta emitida por el fabricante. Tercero. Se requiere a las áreas DEA y UTSI con la finalidad de que realice la clasificación total correspondiente de la carta emitida por el fabricante, la cual se encuentra contenida en el anexo único del contrato INE/142/2021. Cuarto. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia del área DJ, no invoca la participación de un sujeto obligado ajeno al INE, no existe materia para el análisis. Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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